Dosis ambiental equivalente – H * (10)
La dosis ambiental equivalente es una cantidad operativa para el monitoreo del área. Según la ICRP, el equivalente a la dosis ambiental se define como:
Publicación 103 de la CIPR:
«La dosis equivalente en un punto en un campo de radiación que sería producido por el campo expandido y alineado correspondiente en la esfera ICRU a una profundidad de 10 mm en el vector de radio opuesto a la dirección del campo alineado».
La dosis equivalente ambiental recibe el símbolo H * (10) . La unidad SI de H * (10) es el sievert(Sv). La unidad de sievert lleva el nombre del científico sueco Rolf Sievert, que realizó muchos de los primeros trabajos sobre dosimetría en radioterapia. Para todos los tipos de radiación externa, las cantidades operativas para el monitoreo del área se definen sobre la base de un valor de dosis equivalente en un punto en un fantasma simple, la esfera ICRU , que es una esfera de material equivalente a tejido (30 cm de diámetro, Tejido ICRU (blando) con densidad: 1 g / cm 3 y composición en masa: 76,2% de oxígeno, 11,1% de carbono, 10,1% de hidrógeno y 2,6% de nitrógeno).
Como se escribió, las cantidades operativas son medibles a diferencia de una dosis efectiva, y los instrumentos para el monitoreo de radiación se calibran en términos de estas cantidades. En el monitoreo, los valores de estas cantidades operativas se toman como una evaluación suficientemente precisa de la dosis efectiva y la dosis de la piel, respectivamente, en particular, si sus valores están por debajo de los límites de protección. Los vínculos numéricos entre las cantidades operativas y la dosis efectiva se representan mediante coeficientes de conversión conservadores, que se definen para una persona de referencia.
Límites de dosis
Ver también: límites de dosis
Los límites de dosis se dividen en dos grupos, el público y los trabajadores ocupacionalmente expuestos. Según ICRP, la exposición ocupacional se refiere a toda exposición incurrida por los trabajadores en el curso de su trabajo, con la excepción de
- exposiciones excluidas y exposiciones de actividades exentas que involucran radiación o fuentes exentas
- cualquier exposición médica
- La radiación de fondo natural local normal.
La siguiente tabla resume los límites de dosis para los trabajadores ocupacionalmente expuestos y para el público:
De acuerdo con la recomendación de la ICRP en su declaración sobre las reacciones tisulares del 21 de abril de 2011, el límite de dosis equivalente para el cristalino del ojo para exposición ocupacional en situaciones de exposición planificadas se redujo de 150 mSv / año a 20 mSv / año, en promedio durante períodos definidos de 5 años, sin dosis anual en un solo año superior a 50 mSv.
Los límites de la dosis efectiva son para la suma de las dosis efectivas relevantes de la exposición externa en el período de tiempo especificado y la dosis efectiva comprometida de las ingestas de radionucleidos en el mismo período. Para los adultos, la dosis efectiva comprometida se calcula para un período de 50 años después de la ingesta, mientras que para los niños se calcula para el período hasta los 70 años. El límite efectivo de dosis para todo el cuerpo de 20 mSv es un valor promedio durante cinco años. El límite real es de 100 mSv en 5 años, con no más de 50 mSv en un año.
Exposición ocupacional: dosis efectiva
En la mayoría de las situaciones de exposición ocupacional, la dosis efectiva, E, puede derivarse de cantidades operativas utilizando la siguiente fórmula:
La dosis comprometida es una cantidad de dosis que mide el riesgo de salud estocástico debido a una ingesta de material radiactivo en el cuerpo humano.
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